27 de noviembre de 2025

Familias se enfrentaron por bloqueo de un callejón

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PELEA

En el sector Cerro Grande, ubicado en la parroquia El Valle del municipio Libertador en Caracas, un conflicto entre dos familias que había persistido durante treinta años, amenazaba con convertirse en una situación de violencia que afectaría incluso a niños y adultos mayores. Además, en un acto que trasgredía varias normativas municipales, ya que buscaban controlar el paso por un callejón.


El caso llegó a manos de Armando Figueroa, inspector jefe del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (Cpnb) y coordinador de la Oficina de Atención Comunitaria del Servicio de Policía Comunal de la referida parroquia caraqueña. El funcionario contó a Últimas Noticias que a la instancia policial se acercó un grupo de personas en representación de una de las familias perjudicadas por el impasse. Una mujer expuso la situación que los estaba llevando a una amenaza mayor: las agresiones de todo tipo entre los involucrados.


Contó que en la calle viven tres familias, pero solo dos tienen lazos consanguíneos. Estas últimas son las que tienen previsto trancar definitivamente la vía de acceso, sin tomar en cuenta que la casa donde vive la relatora con el tercer grupo familiar, tiene la entrada principal en ese mismo callejón.


El oficial Figueroa explicó que el caso tiene origen hace tres décadas. Es una disputa heredada entre generaciones. Aunque no es lo único que ha trascendido, también situaciones de violencia y resentimientos que alimentaban un ciclo de confrontaciones.


La señora precisó que ya estaba cansada de tantos conflictos que no solo vivían ella y sus familiares, lo vivieron sus padres anteriormente, y así, los padres de las otras dos familias involucradas en la contienda. Solicitó ayuda de las autoridades porque el bloqueo del callejón le impedía tanto el tránsito como unas reparaciones que debía hacer a su vivienda, arreglo de unas averías en las tuberías de aguas servidas y agua potable.


Ante la creciente tensión, Figueroa propuso llevar a cabo una reunión conciliatoria entre los involucrados con la finalidad de buscarle solución al problema y lograr que todas las personas que habitan el lugar, encontraran la armonía vecinal.


Mediación

Las partes asistieron a la sede del Servicio de Policía Comunal de El Valle el día y hora acordados en la boleta de citación. Figueroa, quien actuó como mediador en este conflicto, contó con el apoyo de los jueces de Paz Comunal.


Antes de iniciar, hablaron sobre las normativas que se estaban violando con las acciones por parte de una de las familias al privar del derecho al libre tránsito al resto de la comunidad. Tras lo cual, permitieron a cada una contar su versión de los hechos. En nombre de los afectados, la denunciante reiteró la necesidad de exigirles a los acusados, retirar unas rejas que habían puesto en la entrada del callejón. Sin embargo, en su defensa, estos últimos contestaron que al ser ellos los únicos que usan la vía, no tenían inconveniente con privatizar la calle, argumento que refutaron los perjudicados, al referirse al tránsito de otras personas ajenas a las familias.


Durante el proceso, se hizo evidente que el conflicto no solo era territorial, sino que también estaba arraigado en viejas rencillas familiares. Reconocieron que estaban perpetuando un legado de discordia que había comenzado con sus padres.


El papel de los jueces de paz fue crucial en la mediación, para facilitar la comunicación y asegurar que todas las voces fueran escuchadas.


Ese mismo día quedaron en invitar a la Dirección de Control Urbano de la Alcaldía de Caracas para que realizara una inspección en el lugar de los hechos. Una vez verificado que en efecto, estaban cometiendo infracción, ordenaron quitar las rejas que obstaculizaban el paso por el callejón.


Compromisos

Finalmente, tras intensas negociaciones, se retiró el portón para hacer posible que todos los ciudadanos pudieran transitar libremente.


Las familias firmaron el acta de compromisos en la que quedaron establecidos el respeto mutuo como prioridad, evitar la intervención de terceros, y las agresiones físicas, psicológicas y verbales.


El Servicio de Policía Comunal asumió la responsabilidad de hacer visitas periódicas para evaluar los avances de los acuerdos.


Normativas

Figueroa expresó que el mayor reto fue garantizar el respeto a los derechos de libre tránsito establecidos por la Ordenanza municipal. Se aseguró de que todos los vecinos, incluidos niños y personas adultas mayores, pudieran acceder sin restricciones a sus hogares.


Para ello, puso en práctica lo establecido en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del Municipio Libertador de Caracas, acerca del libre tránsito, cuya infracción acarrea multas de hasta 30 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, así como trabajos comunitarios.

Legislación en detalle

  • Normas de Convivencia Ciudadana. En el artículo 11, numeral 15 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana para el Civismo y la Justicia de Paz Comunal del municipio Libertador de Caracas, se define como todas aquellas reglas de carácter normativo, tendentes a procurar la interacción cívica, pacífica y armoniosa entre las ciudadanas y ciudadanos de una comunidad.
  • Libre Tránsito Vehicular y Peatonal. El artículo 19 de la normativa refiere que las conductas que obstaculizan el libre tránsito peatonal y vehicular, cuando no cumplan los requisitos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pueden ser realizadas de manera intencional mediante el uso o disposición de objetos muebles, así como cualquier estructura en las vías de circulación vehicular o peatonal.
  • Trabajo Social Comunitario. Según el artículo 11 de la Ordenanza, se refiere una actividad que persigue la integración, el desarrollo y el bienestar social de una comunidad.
  • Sanciones. En el artículo 19 también son definidas las sanciones por obstaculizar el tránsito. Estas van desde multas de 30 veces la moneda de mayor valor fijado por el BCV, o uno de los trabajos comunitarios establecidos en la Ordenanza.

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